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Balance: lo que dejó el primer semestre

El primer semestre de 2026 estuvo marcado por un entorno tributario inusualmente activo. El Decreto Legislativo 240 de 2026, expedido en el marco de la emergencia económica, social y ecológica, introdujo un paquete de medidas extraordinarias que combinó alivios transitorios para deudores morosos, mecanismos de subsanación de obligaciones formales y la extensión del impuesto al patrimonio a nuevos sujetos pasivos. A esto se sumó un panorama macroeconómico de inflación al alza y tasas de interés que el Banco de la República mantuvo en terreno restrictivo durante buena parte del semestre.

Varios de los beneficios que trajo el Decreto 240 ya vencieron. Otros siguen abiertos hasta finales de junio o julio. A continuación, un repaso de lo que pasó y lo que sigue pendiente.

Lo que ya venció (30 de abril de 2026)

Dos plazos cierran justo en el filo entre junio y julio. Si su empresa tiene alguna de estas situaciones pendientes, esta es la última oportunidad para actuar dentro del semestre.

Plazo

Obligación

Beneficio / Acción

30 de junio de 2026

Conciliación contencioso-administrativa ante la DIAN para litigios tributarios, aduaneros o cambiarios con demanda presentada antes del 31 de diciembre de 2025, sin sentencia en firme.

Reducción del 85% de sanciones en primera instancia (paga 15%) o 80% en segunda instancia (paga 20%). Requiere pago del 100% del impuesto discutido.

30 de junio de 2026

Actualización del registro web para entidades del Régimen Tributario Especial (RTE).

Trámite obligatorio anual ante la DIAN, independiente del NIT.

Lo que viene en julio: agenda de cierre

31 de julio de 2026 — Normalización tributaria de activos omitidos

El Decreto 240 creó un impuesto complementario de normalización tributaria, con tarifa del 19% sobre el costo fiscal o autoavalúo comercial de activos omitidos o subvalorados, y sobre el valor fiscal de pasivos inexistentes a 1 de abril de 2026.

  • Se presenta mediante declaración independiente, exclusiva para este impuesto.
  • No admite presentación extemporánea ni corrección posterior al vencimiento: si no se presenta dentro del plazo, se pierde la posibilidad.
  • Su efecto principal: la normalización no genera renta líquida gravable, comparación patrimonial, ni sanciones en renta, IVA o precios de transferencia por los activos declarados, y tampoco implica legalización de activos de origen ilícito.

14 de julio de 2026 — Tercera reducción de jornada laboral

La reforma laboral (Ley 2466 de 2025) continúa su implementación gradual. A partir de esta fecha, la jornada máxima legal pasa de 44 a 42 horas semanales, último escalón antes de la meta final.

  • Las empresas deben revisar y, si es necesario, rediseñar turnos y horarios antes de esta fecha.
  • Superar el nuevo tope de 42 horas implica el pago de horas extras.
14 de julio de 2026 — Aumento de recargos por dominicales y festivos

En la misma fecha entra en vigencia el incremento en el recargo por trabajo en días de descanso obligatorio (dominical o festivo), conforme al nuevo artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo.

  • La medida no modifica el salario mínimo, pero sí incrementa el costo de la nómina para quienes operan en estos días.
  • El descanso semanal debe pactarse por escrito; si no se pacta, se presume que es el domingo.
  • Recomendación: actualizar el reglamento interno de trabajo conforme al nuevo procedimiento disciplinario (artículo 115), cuyo plazo de doce meses también vence en 2026.

Checklist de acción

Una guía rápida para que su equipo contable, tributario y de talento humano verifique el estado de cada frente antes de cerrar el semestre.

Tributario
  • Verificar si quedó algún proceso de conciliación pendiente de radicar ante la DIAN antes del 30 de junio.
  • Si la entidad pertenece al Régimen Tributario Especial, confirmar la actualización del registro web.
  • Evaluar con el asesor tributario si existen activos omitidos, subvalorados o pasivos inexistentes susceptibles de normalización antes del 31 de julio.
  • Confirmar que se presentó la tercera cuota de renta de grandes contribuyentes y las retenciones de mayo, con vencimiento entre el 10 y el 24 de junio.
  • Confirmar que no quedaron declaraciones o correcciones a medio camino de los beneficios que vencieron el 30 de abril.
Laboral y nómina
  • Ajustar turnos y horarios al nuevo tope de 42 horas semanales, vigente desde el 14 de julio.
  • Actualizar el sistema de nómina con los nuevos recargos dominicales y festivos.
  • Verificar el pacto por escrito del día de descanso semanal en los contratos vigentes.
  • Revisar el avance en la actualización del reglamento interno de trabajo conforme al nuevo procedimiento disciplinario.
  • Si la empresa tiene entre 1 y 500 trabajadores, confirmar el cumplimiento de la cuota de personas con discapacidad.
Contable y societario
  • Confirmar que los estados financieros consolidados o combinados fueron remitidos a la Supersociedades, si aplica.
  • Revisar el cronograma de reportes de información financiera y no financiera pendientes para el segundo semestre.

El cierre de un semestre con tantos cambios normativos simultáneos —emergencia económica, reforma laboral y ajustes en el calendario tributario— exige una revisión puntual antes de avanzar al segundo semestre. En RMC acompañamos a su empresa en cada uno de estos frentes: tributario, contable, laboral y de cumplimiento normativo.

¿Necesita revisar el estado de su empresa frente a estos plazos? Escríbanos a Info@rmcsas.com.co o contáctenos por WhatsApp.

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