Impuesto al patrimonio 2023

Claves para elaborar la declaración

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El impuesto al patrimonio es uno de los aspectos más discutidos de la Ley 2277 de 2022, y tiene como objetivo gravar los patrimonios más elevados con el fin de promover la equidad en el sistema tributario.

A continuación, se presentan los puntos claves de este impuesto, que van desde quiénes están obligados a presentar la declaración hasta las sanciones relacionadas con su incumplimiento.

1. Obligados a declarar:

El impuesto al patrimonio se aplica a las personas naturales, nacionales o extranjeras, sucesiones ilíquidas y sociedades extranjeras con un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT.

Es importante verificar si se cumple con los requisitos para presentar la declaración.

2. Determinación del patrimonio:

Para elaborar la declaración del impuesto al patrimonio, es necesario calcular el valor total de los activos y restarle los pasivos correspondientes. Se deben considerar propiedades, inversiones, cuentas bancarias, vehículos, entre otros.

Valor del patrimonio bruto poseído al 1 de enero de cada año menos las deudas vigentes y soportadas según el artículo 770 del ET.

3. Tarifas y escalas:

La Ley establece diferentes tarifas progresivas basadas en el valor del patrimonio neto. A medida que el patrimonio aumenta, también lo hace la tasa impositiva aplicada. Es esencial conocer las escalas correspondientes y aplicarlas correctamente.

  • 1,5% para patrimonios desde 239.000 UVT en adelante (Esta tarifa del 1,5% solo aplicará para los años gravables 2023 a 2026).
  • 1,0% para patrimonios desde 122.000 UVT hasta 239.000 UVT.
  • 0,5% para patrimonios desde 72.000 UVT hasta 122.000 UVT.

4. Plazos para declarar y pagar el impuesto al patrimonio en 2023

Al tenor del artículo 1.6.1.13.2.53 del Decreto 1625 de 2016, sustituido por el Decreto 0219 del 15 de febrero de 2023, los contribuyentes sujetos al impuesto al patrimonio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 292-3 y 298-8 del ET, adicionados por la Ley 2277 de 2022, deberán presentar la declaración del impuesto al patrimonio del año 2023 a más tardar entre el 9 y el 23 de mayo del año en curso, atendiendo el último dígito del NIT del declarante que conste en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación. Ver calendario tributario.

Al patrimonio líquido determinado conforme con lo señalado en el inciso anterior se le aplicarán las reglas establecidas en el artículo 295-3 del ET, adicionado por el artículo 37 de la Ley 2277 de 2022.

Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total del impuesto a pagar en dos (2) cuotas, a más tardar en las siguientes fechas:

La Ley establece diferentes tarifas progresivas basadas en el valor del patrimonio neto. A medida que el patrimonio aumenta, también lo hace la tasa impositiva aplicada.

Declaración y pago de la primera cuota

Último dígito

Plazo máximo

1

9 de mayo de 2023

2

10 de mayo de 2023

3

11 de mayo de 2023

4

12 de mayo de 2023

5

15 de mayo de 2023

6

16 de mayo de 2023

7

17 de mayo de 2023

8

18 de mayo de 2023

9

19 de mayo de 2023

0

23 de mayo de 2023

Es importante recordar que el valor de la primera cuota será del 50 % del impuesto al patrimonio calculada sobre el patrimonio líquido poseído al 1 de enero de 2023.

Declaración y pago de la segunda cuotas

Último dígito 

Plazo máximo

1

7 de septiembre de 2023

2

8 de septiembre de 2023

3

11 de septiembre de 2023

4

12 de septiembre de 2023

5

13 de septiembre de 2023

6

14 de septiembre de 2023

7

15 de septiembre de 2023

8

18 de septiembre de 2023

9

19 de septiembre de 2023

0

20 de septiembre de 2023

Para efectos del pago de la segunda cuota, este corresponderá al valor del impuesto al patrimonio declarado, restándole lo pagado en la primera cuota.

Al patrimonio líquido determinado conforme con lo señalado en el inciso anterior se le aplicarán las reglas establecidas en el artículo 295-3 del ET, adicionado por el artículo 37 de la Ley 2277 de 2022.

5. Sanciones relativas al impuesto al patrimonio

La realización de ajustes contables y/o fiscales que no correspondan a operaciones reales que impliquen la disminución del patrimonio líquido será sancionada según lo previsto en el artículo 648 del ET.

El no presentar la declaración o hacerlo fuera de plazo puede llevar a sanciones y multas. Estas pueden variar en función de la gravedad y la recurrencia del incumplimiento. Es necesario conocer las consecuencias legales y financieras de no cumplir con esta obligación tributaria.

Es importante destacar que la legislación tributaria está sujeta a cambios y actualizaciones. Por lo tanto, es aconsejable consultar la normativa vigente y, si es necesario, buscar asesoramiento profesional para cumplir correctamente con las obligaciones tributarias relacionadas con el impuesto al patrimonio.

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