
Un marco global para la información financiera
Desde la expedición del Decreto 2420 de 2015, que reglamentó la Ley 1314 de 2009, Colombia adoptó las Normas Internacionales de Contabilidad e Información Financiera (NIIF) y las Normas Internacionales de Auditoría (NIA).
Este cambio transformó la forma en que las empresas preparan y presentan su información financiera, alineándolas con estándares de reconocimiento mundial.
Dependiendo del grupo al que pertenezca el preparador de información, las entidades deben aplicar:
NIIF plenas, para compañías del Grupo 1
Ser una entidad Grupo 1 implica preparar los estados financieros bajo NIIF plenas (el marco completo).
Generalmente, pertenecen a este grupo las empresas que:
- Son emisoras de valores o entidades de interés público.
- Forman parte de grupos económicos internacionales que deben consolidar información bajo NIIF completas.
- Superan ciertos umbrales de tamaño o complejidad operativa establecidos por el Decreto 2420 de 2015.
- Mantienen una exposición relevante a mercados financieros o inversionistas externos.
En la práctica, esto se traduce en un nivel más exigente de reconocimiento, medición y revelación contable. Además, los revisores fiscales que auditan entidades del Grupo 1 deben aplicar las Normas Internacionales de Auditoría (NIA).
NIIF para Pymes, para las del Grupo 2
El Grupo 2 está conformado por las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que no cumplen los criterios del Grupo 1 ni los del Grupo 3 (microempresas).
Aunque el balance de comprobación es muy útil como herramienta de revisión interna, tiene ciertas limitaciones que es importante conocer:
Su marco técnico son las NIIF para PYMES, diseñadas para simplificar la aplicación contable sin sacrificar la confiabilidad de la información. Este estándar busca reducir la carga administrativa y facilitar la preparación de estados financieros más prácticos, ajustados a la realidad operativa de empresas de menor tamaño.
Aun así, el Decreto 2420 permite que una empresa del Grupo 2 opte voluntariamente por aplicar las NIIF plenas, si así lo requiere su casa matriz, inversionistas o políticas de gestión.
De igual forma, los revisores fiscales que auditen entidades del Grupo 1 y algunas del Grupo 2 (según topes de activos o número de empleados) deben aplicar las Normas Internacionales de Auditoría (NIA).
El papel del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Como órgano regulador, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tiene la responsabilidad de actualizar el marco técnico normativo colombiano, incorporando los estándares y enmiendas emitidos por el IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad) y el IAASB (Junta Internacional de Normas de Auditoría y Aseguramiento).
Sin embargo, los nuevos estándares entran en vigor en Colombia el 1° de enero del segundo año gravable siguiente al de su promulgación.
Esto ha generado una brecha temporal frente a las fechas de vigencia internacional, la cual se ha ampliado en los últimos años debido a que no se han incorporado varias actualizaciones recientes.
Por qué es importante conocer las diferencias
Esta brecha normativa hace que los preparadores de información financiera y los auditores deban reconocer las diferencias entre las Normas Colombianas (NCIF) y las NIIF internacionales emitidas por el IASB. Esto es especialmente relevante en casos como:
- La elaboración de estados financieros para transacciones con el exterior.
- Filiales colombianas que reportan a matrices internacionales bajo NIIF completas.
- Auditorías externas que deben realizarse bajo las NIAs internacionales.
Conocer estas diferencias permite cumplir correctamente con los requerimientos internacionales y anticipar ajustes necesarios.
Principales actualizaciones internacionales aún no adoptadas en Colombia
Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
1. Enmienda a la NIC 12 – Impuesto a las ganancias (2023)
Otorga alivio temporal en el reconocimiento de impuestos diferidos derivados de las nuevas reglas tributarias del Pilar Dos.
2. Enmiendas a la NIC 7 y NIIF 7 – Flujos de efectivo e instrumentos financieros
Exigen nuevas divulgaciones sobre acuerdos de financiación con proveedores para mayor transparencia sobre pasivos y riesgos de liquidez.
3. Enmienda a la NIIF 16 – Arrendamientos
Aclara cómo contabilizar las ventas con arrendamiento posterior, especialmente cuando los pagos son variables.
4. Enmienda a la NIC 21 – Moneda extranjera (2023)
Define cómo determinar la convertibilidad de monedas y el tipo de cambio aplicable cuando no existe uno directo.
5. Enmiendas a NIIF 9 y NIIF 7 – Instrumentos financieros (2024)
Introducen cambios aplicables no solo a instituciones financieras sino también a empresas corporativas.
Nuevos estándares emitidos (aún no vigentes en Colombia):
- NIIF 18: Presentación y Revelación de Estados Financieros (vigencia 2027).
- NIIF 19: Subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas (vigencia 2027).
- NIIF S1 y S2: Divulgación de información sobre sostenibilidad y clima (vigencia internacional 2024).
Normas Internacionales de Auditoría (NIA)
1. NIA 220 (Revisada) – Control de calidad de la auditoría
Refuerza la responsabilidad del auditor líder en la gestión de calidad y su participación activa durante todo el proceso.
2. NIA 250 (Revisada) – Disposiciones legales y reglamentarias
Introduce un enfoque más profundo sobre la no observancia de leyes y regulaciones (NOCLAR) y su impacto en la auditoría.
3. NIA 315 (Revisada) – Identificación y valoración del riesgo
Actualiza los criterios para la evaluación del riesgo de error material, promoviendo mayor escepticismo profesional.
4. NIA 600 (Revisada) – Auditorías de grupos
Fortalece la coordinación entre auditores del grupo y de componentes, con un enfoque basado en riesgos y comunicación más fluida.
Adicionalmente:
El IAASB y el IESBA emitieron en 2024 nuevas versiones del Código de Ética Profesional y la Norma Internacional de Gestión de la Calidad 2 (ISQM 2), aún no incorporadas en Colombia.
La convergencia hacia estándares internacionales es un proceso continuo que exige actualización constante por parte de los contadores, revisores fiscales y auditores.
Conocer las diferencias entre las normas locales y las internacionales permite garantizar información financiera transparente, confiable y comparable, reforzando la confianza de inversionistas y mercados globales.