Entre agosto y octubre de 2024, las personas naturales obligadas a declarar renta deberán comparecer frente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para cumplir con su responsabilidad tributaria.
Traemos los puntos más importantes del Boletín del Instituto Nacional de Contadores Públicos INCP para que comiences a entender lo que se viene este año.
De acuerdo con el Decreto 2229 de 2023, este 2024 deben presentar declaración de renta las personas naturales que durante el año gravable 2023 hayan cumplido una o más de las condiciones descritas a continuación:
Importante: Para 2024, el valor de la UVT es de $47.065, un incremento de 4.653 (20 %) respecto al valor del periodo anterior. La UVT reemplazó al salario mínimo como la unidad para medir impuestos y empezó a utilizarse desde el 2006.
Para determinar la obligación de declarar el impuesto sobre la renta y complementarios, es crucial identificar si el contribuyente es residente fiscal en Colombia. Según el artículo 10 del Estatuto Tributario (ET), una persona natural es considerada residente en Colombia si cumple con alguna de las siguientes condiciones:
1. Presencia en el País: Permanecer en Colombia, de forma continua o discontinua, por más de 183 días calendario durante un periodo cualquiera de 365 días consecutivos, incluyendo los días de entrada y salida.
2. Funcionarios del Servicio Exterior: Ser un funcionario del servicio exterior del Estado colombiano y estar exento en el país de misión respecto de sus rentas y ganancias ocasionales durante el año o periodo gravable.
3. Condiciones Específicas para Nacionales:
Para presentar electrónicamente la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, el contribuyente debe estar registrado en el Registro Único Tributario (RUT) y mantener actualizada su información. Además, se requiere una cuenta de usuario en el portal transaccional Muisca de la DIAN y una firma electrónica (FE).
Para completar el Formulario 210 o 110, según corresponda, es necesario contar con la siguiente documentación:
a. Determinación de Patrimonio:
b. Determinación de Ingresos:
c. Determinación de Deducciones, Gastos Procedentes y Descuentos:
Además, los contribuyentes pueden considerar la información exógena reportada por terceros, disponible en el portal transaccional de la DIAN. Esta información puede servir como guía o complemento para la elaboración de la declaración de renta.
Para consultar la información reportada por terceros, ingrese a www.dian.gov.co, seleccione ‘Usuario registrado’’ y luego ‘Consultar información exógena’.
Estas directrices y documentación asegurarán que la declaración de renta de las personas naturales se realice de manera adecuada y conforme a la normativa vigente.
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